El municipio de Morón lanzó una medida para que aquellas personas que deben la cuota alimentaria no puedan habilitar comercios. Según contó el intendente Lucas Ghi en una conferencia de prensa, para recibir una habilitación comercial, el solicitante deberá presentar el certificado que acredite que está al día en el registro de deudores alimentarios.

El deber alimentario refiere a la obligación de dar alimentos que los padres y las madres tienen que cumplir con respecto a sus hijos. Se puede pagar en dinero o especie y abarca todo lo necesario para la manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio. Está regulado en el Código Civil y Comercial y en tratados internacionales. Ambos progenitores tienen la obligación de proveer a sus hijos con alimentos, más allá de que convivan o no con ellos.

“Nadie va a poder habilitar una actividad comercial o industrial en Morón si no está al día con sus obligaciones en materia de compromiso alimentario para sus niños y niñas”, aseguró el intendente del distrito en una conferencia de prensa junto a la jefa de Gabinete, Estefanía Franco, y la secretaria de Mujeres, Géneros y Diversidad, Laura De Peri. El anuncio se dio en el marco de las jornadas de Formación Red Orgullo, de la que participaron trabajadores municipales con el fin de aplicar políticas que aseguren los derechos de la comunidad LGBTI+.

El intendente Lucas Ghi anunció la medida en una conferencia de prensa.

La nueva medida que busca limitar la actividad comercial de quienes deban la cuota alimentaria, si bien tiene un impacto únicamente a nivel local, está estrechamente vinculada a la ley provincial 13.074, actualizada por la ley 15.520, que creó el Registro de Deudores Alimentarios. Este tiene como objetivo llevar cuenta, a través de una orden judicial, de todo obligado u obligada al pago de alimentos por sentencia firme o convenio homologado judicialmente.

El Registro de deudores alimentarios morosos (RDAM) de la Provincia de Buenos Aires identifica a 6127 incumplidores hasta el 12 de diciembre de 2025. De ese total, el 98,1% de las personas son de género masculino. Según el ministerio de Justicia y Derechos Humanos de PBA, la falta de pago de la cuota alimentaria acordada representa una instancia de violencia económica, dado que la ley 26.485 identifica los distintos tipos de violencia, y estos casos coinciden con la modalidad mencionada ya que “la mujer, a cargo de sus hijos/as que no cuenta con cuota alimentaria se ve obligada a multiplicar cantidad y horas de trabajo para cubrir los gastos generados”.

El RDAM permite también registrar a los empleadores o acreedores que hayan sido intimados judicialmente y sean responsables solidarios del pago de los alimentos correspondientes. La oficina trabaja de lunes a viernes de 8 a 17 y se puede contactar a través de la dirección de correo electrónico .