En épocas de operativos de ICE y CBP en busca de migrantes ilegales, han surgido dudas sobre si el Servicio de Impuestos Internos (IRS) también puede ir a los domicilios de contribuyentes que presenten irregularidades o tengan deudas con el fisco. La agencia aclara que, si bien puede enviar inspectores, la situación es muy diferente a los procedimientos de las fuerzas federales.

Las inspecciones, en el caso del IRS, solo se realizan cuando la situación fiscal del contribuyente llega a una instancia crítica. Esto ocurre si no presenta sus declaraciones de impuestos; no abona los montos adeudados o si ignora reiteradas notificaciones oficiales, como la de embargo.

Estas acciones, asegura el gobierno, buscan recuperar deudas pendientes y garantizar el cumplimiento de las normas fiscales. A su vez, advierten sobre las consecuencias de no responder a los requerimientos.

Antes de enviar a sus funcionarios al domicilio del contribuyente, el IRS realiza una notificación por correo postal porque, salvo que se trate de un caso criminal (lavado de dinero del narcotráfico, por ejemplo), no hay “operativos sorpresa” ni “casa por casa”.

¿Qué es la Carta 725-B que envía el IRS?

La Carta 725-B es el mecanismo que tiene el IRS para programar una reunión con el contribuyente que ha incumplido con sus obligaciones fiscales. El encuentro con los funcionarios del IRS puede ser en el domicilio o el comercio, pero también en una oficina de la agencia federal.

Los contribuyentes que cometan irregularidades o tengan deudas podrían ser notificados por el IRS. Foto: Newsweek.

El sitio del IRS dice que la carta significa que “hemos programado una reunión para hablar sobre sus declaraciones de impuestos no presentadas y cualquier saldo pendiente de pago que usted pueda adeudar”.

Agrega: “Hemos asignado fecha, hora y lugar para la reunión; podemos programarla para que se lleve a cabo en una oficina, en su domicilio o por teléfono”. En la carta también figura la información de contacto del funcionario de cobro de impuestos asignado.

En general, las visitas presenciales ocurren en tres situaciones:

• Auditorías fiscales: cuando el contribuyente fue notificado por carta de una revisión y se requiere examinar documentos en persona.

• Cobro de deudas importantes: si hay una deuda federal significativa (por ejemplo, impuestos no pagados) y el contribuyente no respondió a avisos previos.

• Investigaciones criminales: agentes especiales del IRS pueden presentarse sin aviso en casos de posible fraude fiscal grave.

En caso de recibir la Carta 725-B, la persona notificada debe contactar al funcionario de cobro de impuestos para confirmar o reprogramar la cita. En esa instancia, como explica el IRS, existe la posibilidad de pedir que la reunión sea en su negocio o en su domicilio.

La agencia impositiva estadounidense sostiene que el hecho de no responder a la Carta 725-B, el IRS puede avanzar con alguna de estas medidas:

  • Cobro de saldos adeudados.
  • Preparación de una declaración sustituta.
  • Rechazo o cancelación de un plan de pago.
  • Emisión de un embargo.
  • Incautación de bienes.
  • Presentación de un aviso de gravamen por el impuesto federal.

El IRS también tiene una división de investigación criminal para investigar delitos como lavado de dinero. Foto: REUTERS.

La posibilidad de una visita de inspectores del IRS es aprovechada por delincuentes para cometer una estafa. Entonces, en caso de sospechar sobre la veracidad de la notificación, hay que llamar al 800-829-1040 y seguir las instrucciones.