A contramano de la ley de Reforma Laboral sancionada en febrero último, un grupo de diputados de Unión por la Patria acaba de presentar un proyecto de ley para establecer la relación de dependencia de todos los trabajadores que prestan servicios en las plataformas digitales. La iniciativa establece el derecho del trabajador a una remuneración mínima garantizada, a la conexión y la desconexión, límites diarios y semanales de la jornada de trabajo que no podrá exceder la legislación vigente, y obligaciones de las plataformas digitales y/o intermediarios, desde la transparencia algorítmica hasta disponer de estaciones sanitarias de acceso gratuito para los trabajadores.

El proyecto fue presentado con el visto bueno del gobernador Axel Kicillof y su autor es el diputado Hugo Moyano (hijo), abogado, asesor de varios gremios y una de las espadas jurídicas de su padre, el líder camionero Hugo Moyano.

Según estimaciones, entre 800 mil y 1 millón de personas trabajan actualmente en alguna plataforma como repartidores (Rappi, PedidosYA) o transporte (Uber, Cabify, DIDI).

Repartidores de Rappi.

El proyecto, con fuerte impronta regulatoria de la actividad, es la contracara de lo que estableció la reforma laboral, que consideró a los trabajadores de la actividad como prestadores “independientes” que son pagados por los usuarios finales (los consumidores).

“La presunción del trabajo, y la transparencia algorítmica son puntos clave”, le dijo a Clarín Moyano, autor del proyecto. El diputado admitió que es un tema aún poco legislado en el mundo pero indicó que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ya avanzó con recomendaciones y puso en agenda el “Trabajo decente en la economía de plataformas”. Señaló como referencia a España con la “ley Rider” de 2021.

“Hoy hablamos de algoritmos, como hace años hablábamos del tablero electrónico y mucho antes de la línea de montaje. Cambió la tecnología. Lo que no cambió es la necesidad de proteger” a los trabajadores, se lee en los fundamentos del proyecto.

Sin embargo, la aplicación de la "ley Rider" en España ha tenido muchas dificultades, y fuerte resistencia de las empresas digitales que sienten que se impacta su modelo de negocio. Una plataforma, Deliveroo, dejó directamente su operación en España al aprobarse la ley y desafectó su plantilla de 3 mil personas. Y algunas plataformas readecuaron sus estrategias de contratación para evitar la presunción laboral.

Según estudios, en muchos casos los "rider" en España vieron reducidos sus ingresos, al limitar su trabajo tras convertirse en dependientes o no poder inscribirse en más de una plataforma.

Luz verde de Kicillof

El apoyo de Kicillof, uno de los presidenciables más notorios de la oposición, quedó plasmado también en algunas firmas de diputados cercanos al gobernador. Acompañan el proyecto Jorge Taiana, Hugo Yasky, Juan Marino, Santiago Cafiero, Victoria Tolosa Paz y Sabrina Selva (del Frente Renovador).

Kicillof viene de celebrar una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que consideró que los repartidores de Rappi y PedidosYa son trabajadores en relación de dependencia, al fallar a favor del Ministerio de Trabajo bonaerense, confirmando una multa millonaria contra Rappi (16 millones de pesos) por incumplimientos de registración laboral y de normas de seguridad e higiene. Para la Corte así, los repartidores deben ser considerados empleados en relación de dependencia. Según los especialistas en derecho laboral, el fallo no los convierte en tales pero va sentando bases jurídicas para exigirlo a futuro.

La Provincia bate parches con este asunto. El ministro de Trabajo bonaerense, Walter Correa (un dirigente de origen sindical, del gremio de Curtidores) prepara una “mesa de diálogo” para analizar la situación, a propósito del fallo de la Corte bonaerense. “Trabajo en Plataformas: Estado, empresas y derechos, una discusión de este tiempo a la luz del precedente Rappi”, tendrá lugar el 13 de mayo en la Casa de la Provincia de Buenos Aires, a metros del Congreso. Y allí presentarán un proyecto de ley provincial para un régimen de trabajo en plataformas digitales.

Aunque hubo otras iniciativas que apuntaron a Uber o las plataformas de delivery, este “Régimen especial de Trabajo dependiente prestado a través de plataformas”, del diputado Moyano, busca englobar a todas las plataformas.

Para eso, define como plataforma digital a “toda persona humana o jurídica que, mediante tecnologías digitales, sistemas automatizados de toma de decisiones o gestión algorítmica, organice, gestione o controle, de forma directa, indirecta o implícita, el trabajo realizado por personas humanas como elemento necesario y esencial, a cambio de una contraprestación económica”.

Qué dice el proyecto

La iniciativa establece:

– La relación de dependencia del trabajador con las app.

– Remuneración mínima garantizada equivalente al valor hora del salario básico del convenio colectivo aplicable o, en su defecto, al salario mínimo vital y móvil de los trabajadores jornalizados. Más la retribución variable.

– Jornada de trabajo: con límites máximos diarios y semanales establecidos en la legislación y los convenios colectivos de trabajo aplicables.

– Presunción de la existencia de contrato de trabajo, cualquiera sea la denominación que las partes le otorguen al vínculo.

– Derecho de trabajador a conexión y desconexión voluntarias. Sin obligación de permanencia continua ni asistencia mínima. Podrá rechazar tareas sin sufrir represalias de ningún tipo.

– Las plataformas deberán entregar, sin costo para el trabajador, el equipo necesario para prestar servicios y los elementos de protección personal adecuados, que no presenten peligro para la salud o la seguridad

–Deberán garantizar que los vehículos, bicicletas, motos u otros elementos utilizados cumplan con las normas de seguridad vigentes.

– Acceso gratuito a los trabajadores a estaciones sanitarias durante la jornada de trabajo.

– Los trabajadores de plataformas gozarán de los derechos de libertad sindical, organización sindical libre y democrática, negociación colectiva y huelga.

– Transparencia algorítmica: establece el derecho de los trabajadores y sus delegados a acceder a información detallada sobre los sistemas de toma de decisiones y gestión algorítmica que afectan la prestación de servicios. Incluye los criterios, y reglas que rigen la asignación de tareas, la determinación de tarifas, promociones, bonificaciones, etc. Así como las razones de suspensiones o bloqueos o desactivaciones de cuenta que afecten el acceso al trabajo.