Más controles sobre los sindicatos, un aumento de la competencia por la representación de los trabajadores, límites al financiamiento de las organizaciones sindicales y un nuevo fondo para indemnizaciones que, en su análisis, no garantiza el pago a los trabajadores despedidos. Esos ejes, junto con la renegociación obligatoria y masiva de los convenios colectivos, constituyen la esencia de los profundos cuestionamientos de la CGT a la reglamentación de la reforma laboral que el Gobierno oficializó el lunes.
A través de un pronunciamiento y de un documento específico, la conducción de la central obrera acusó a la administración de Javier Milei de "avanzar sobre derechos, instituciones y garantías que forman parte del sistema de relaciones laborales y de la libertad sindical" en el país, y remarcó que el decreto reglamentario 407 constituye "una inaceptable intromisión en la vida interna de las organizaciones gremiales y afectan principios esenciales reconocidos por nuestra Constitución Nacional y por los convenios internacionales de la OIT".
En concreto en la CGT repudiaron los aspectos de la reglamentación que, en su opinión, avanzan sobre la Ley de Asociaciones Sindicales 23.551, "incorporando disposiciones que alteran el espíritu y el alcance de la ley, modificando aspectos que sólo pueden ser definidos por el Poder Legislativo", dice el pronunciamiento de la central.
El punto crítico se vincula con el artículo de la reglamentación que favorece la competencia en la representación sindical, al reducir del 20% al 5% el porcentaje mínimo de afiliados cotizantes requerido para que una organización gremial dispute la personería o la representación mayoritaria dentro de una actividad. Para los líderes cegetistas, esa medida facilitará la creación de nuevos sindicato y potenciará las disputas por encuadramiento.
En cambio, el propio decreto del Ejecutivo argumentó esa decisión en el objetivo de "fortalecer la transparencia, ampliar la representatividad en los diversos ámbitos, la verificabilidad de la representación y el funcionamiento democrático, en línea con los principios de modernización institucional".
Más controles a los gremios
La preocupación sindical se acentúa con la incorporación en el decreto reglamentario de aspectos que fijan límites y requisitos a la representación gremial dentro de las empresas. Al respecto se estableció que “los cuerpos directivos de las asociaciones sindicales estarán integrados por una cantidad de miembros que no exceda una razonable proporcionalidad con el número de afiliados cotizantes” dentro de la firma.
También se definió que las organizaciones sindicales que soliciten su inscripción ante las autoridades laborales estarán obligadas a presentar la declaración jurada patrimonial; y se incorporaron diversos mecanismos destinados a verificar la cantidad de afiliados a los sindicatos mediante el cruce de datos del SIPA y otras bases públicas.
Además, la reglamentación estipuló que "cuando la convención colectiva resulte aplicable en más de una jurisdicción, la autoridad de aplicación podrá admitir hasta dos representaciones adicionales del sector empleador correspondiente a dichas jurisdicciones, cuando ello resulte necesario para la adecuada integración del ámbito de representación".
En ese punto, el Gobierno fundamentó que se propuso "reflejar las diferencias de productividad entre regiones", lo que en su interpretación no ocurre con la negociación colectiva de carácter seccional y alcance nacional que fija condiciones uniformes para todos los establecimientos del mismo sector productivo. Para las organizaciones sindicales esa postura del Gobierno favorece la negociación de convenios colectivos por empresa por sobre los acuerdos de actividad.
Quejas por el fondo para despidos
Por otra parte, en un informe compartido por la delegación de la CGT que participa en Ginebra de la conferencia anual de la OIT, se plantearon diversas advertencias al flamante Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el esquema para que las empresas cubran el pago de indemnizaciones, que comenzará a funcionar desde noviembre y podrá ser utilizado por las compañías desde abril de 2027.
Sobre ese punto, los sindicalistas advirtieron que el empleador tendrá la potestad de decidir si utilizar o no los recursos acumulados en la cuenta habilitada, pero no se garantiza el pago de la indemnización a los trabajadores.
Asimismo, apuntaron que los fondos son considerados inembargables, por lo que los trabajadores no podrán ejecutar los recursos en caso de falta de pago de la indemnización por parte del empleador.
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