A pesar de los múltiples cambios que le permitieron alcanzar dictamen el dictamen en comisión, el oficialismo tuvo que aplazar la votación del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada empujado por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, porque no tenían los votos.
El presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, el libertario Agustín Coto, pidió aplazarlo y el cuerpo lo aprobó, sin hacer uso de la palabra.
Según pudo saber Clarín no contaban con los votos. Estuvieron negociando hasta última hora de anoche un texto pero no alcanzaron a terminar de armonizarlo con el resto del proyecto. Ahora el proyecto deberá sumarse al temario de una próxima sesión.
"Además, el debate iba a llevar mínimo seis horas y nos urge tratar el acuerdo con los holdouts que tiene fecha de vencimiento", señalaron en el oficialismo.
El eje de la discordia tiene que ver con el capítulo que incluye el tema de la venta de tierras rurales a extranjeros el cual no terminó de conformar a los radicales que son los que más cambios empujaron.
El dictamen obtuvo el acompañamiento de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR y los federales Edith Terenzi (Chubut) y Carlos "Camau" Espínola (Corrientes) en el plenario de comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General celebrado este mediodía.
Entre los cambios eliminaron por completo el capítulo que modificaba el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap) que delegaba las tareas de su regularización a las provincias para hacerlo más efectivo.
En el capítulo referido a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros, el proyecto también amplía las facultades de los gobernadores provinciales. Desde el oficialismo explicaron que la decisión sobre la venta de tierras quedará en manos de cada jurisdicción. “Cada provincia conserva la jurisdicción plena sobre su territorio. Eliminamos el límite a la venta de tierras a extranjeros, pero la decisión pasa a las provincias. Podrán establecer restricciones o no, definir si se pueden vender mil hectáreas, 200 o ninguna. Es federalismo puro”, había declarado Bullrich.
La legislación vigente, sancionada en 2011, estableció límites a la titularidad extranjera sobre la propiedad y posesión de tierras rurales, así como restricciones para la adquisición de terrenos en zonas de frontera. Según el Gobierno, esas disposiciones “lejos de constituir una verdadera protección, generaron condicionamientos y desincentivos para la inversión internacional, especialmente en el sector agropecuario”.
Por ese motivo, la propuesta oficial plantea que las restricciones dejen de aplicarse de manera general a todos los extranjeros y se concentren únicamente en personas físicas o jurídicas vinculadas a Estados extranjeros. Entre los casos alcanzados se incluyen empresas con participación o control de capitales estatales.
En el capítulo de los desalojos se hizo una distinción clave: no se aplicará el mismo sistema para usurpadores que para locatarios y sub locatarios en mora.
"La usurpación efectivamente será exprés, pero en el caso del inquilino moroso hay mecanismos, empezando por la intimación, donde no se lo desaloja en 3 días", había detallado Bullrich.
En líneas generales, la norma plantea procesos más rápidos, por vía sumarísima de los desalojos; la posibilidad de restitución anticipada del inmueble "en supuestos de verosimilitud del derecho - "bajo caución juratoria y con control judicial suficiente"-; la modernización de los sistemas de notificación, con la incorporación del domicilio electrónico; y además le da al juez más facultades para identificar ocupantes y asegurar la eficacia de las decisiones.
En cuanto a las expropiaciones, el proyecto original ya planteaba un mecanismo de actualización del monto indemnizatorio que contempla la evolución de los precios y una tasa de interés comercialmente razonable, con el objeto de preservar su valor real hasta el momento del efectivo pago. En el dictamen lo especificaron: será por IPC más la tasa activa del Banco Nacion para operaciones de descuento a 30 días.
También se estipuló que "la indemnización por lucro cesante podrá exceder al equivalente del 30% del valor del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior". Y en casos de ocupación temporánea del Estado se fijó el límite de 90 días prorrogables por única vez.
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